DIARIO PERÚ PRIMERO

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Director: Humbert Romero Verano.

miércoles, 6 de noviembre de 2013

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Acuerdo de Concejo  Nº 021- 2013-MPHi/A.

Huari,  30 - OCT – 2013

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI – ANCASH
 
 

POR CUANTO :


Visto el Acuerdo de Concejo  de la Decima Octava Sesión Ordinaria de Fecha 27 de Setiembre del 2013 en el que se trato y aprobó la Carta S/N / 2013 del Alcalde de la Municipalidad de Arica / República de Chile que invita al Sexto Encuentro Municipal Chileno / Peruano  y demás Documentos Adjunto consistente en (07) folios;  y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680 y Nº 28607, que determinan que las Municipalidades Provinciales y Distritales conforme a Ley, son Órganos de gobierno Local tienen autonomía Administrativa en los  Asuntos de su Competencia; y que la Autonomía de la constitución Política del Perú Establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con Sujeción al  Ordenamiento Jurídico;     
Que, el Inciso 11  del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972,  Establece que: son atribuciones del concejo Municipal “Autorizar los Viajes al Exterior del País que, en comisión de Servicios o Representación de la Municipalidad, Realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier Otro Funcionario”;
Que, la Ley Nº 27619 Regula las Autorizaciones para viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos, preceptuando que estas serán autorizadas para la más alta autoridad de la respectiva entidad, así como el  D.S.  047-2002-PCM, Aprueba las normas reglamentarias  sobre dichas autorizaciones  y precisando el monto que corresponde  a la escala de viáticos a los diferentes países  del orden;
Que, el Inciso a) del Items 10.1 del Artículo 10 de la Ley del Presupuesto Público para el año Fiscal  2013 – Ley 29951 Establece: “Prohíbanse los Viajes al Exterior de Servidores o Funcionarios Públicos y Representantes del Estado con cargo o Recursos Públicos, sal los siguientes casos que se Autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad”;  a) los viajes que se efectúen  en el Marco de la Negociación de Acuerdos Comerciales o Tratados Comerciales y Ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;   
  
Que, en la Décima Octava Sesión Ordinaria de Concejo del día Viernes 27 de Setiembre del año 2013, bajo la presidencia del Señor Alcalde Provincial de Huari, Profesor Teodoro Moisés Acuña Benites, se trato y aprobó  la Carta S/N – 2013 del Alcalde de la Municipalidad  de Arica – República de Chile, que invita a participar al VI Encuentro  Municipal Chileno – Peruano a realizarse en la Ciudad de Arica – Chile, los días 7,8,9 y 10 de Noviembre del 2013, que el costo de cada participante será la suma de $ 720.00 Dólares Americanos, que la Delegación lo Conformara los Señores Regidores: Profesor CARLOS LOEL ZELAYA SIFUENTES y el Señor: JUAN ROBERT MILLA PORTELLA  y el Gerente de Desarrollo Económico Turístico y Ambiental, Ingeniero. MIGUEL ANGEL ALVEREZ HIDALGO, la asistencia al encuentro se debe financiar con Ingresos Propios de la Municipalidad Provincial de Huari;
Que,  en merito a lo expuesto y con la aprobación unánime del Concejo  y en aplicación  al inciso 11) del articúlalo 9º  la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y con las visaciones de Ley;    
    
                           S E  A C U E R D A :
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR, el Viaje a la Ciudad  de Arica – República de Chile a participar al VI Encuentro  Municipal Chileno / Peruano a realizarse en Arica los días: 7, 8, 9 y 10 de Noviembre del 2013, a los Señores Regidores: Profesor: CARLOS LOEL ZELAYA SIFUENTES y el Señor: JUAN ROBERT MILLA PORTELLA  y el Gerente de Desarrollo Económico Turístico y Ambiental, Ingeniero. MIGUEL ANGEL ALVEREZ HIDALGO.           
ARTÍCULO 2º.- Los Gastos que irrogue la participación  en el Evento los pasajes de avión de ida y vuelta,  transporte interno, viáticos, serán  afectados  con cargo a los Ingresos  Propios  de la Municipalidad Provincial de Huari.    
ARTÍCULO 3º.- Dentro de los quince días calendarios  siguientes  a su retorno los integrantes, inmerso en el Primer Artículo, harán entrega al Concejo Municipal  del Informe Detallado  sobre el evento realizado y los logros obtenidos.
ARTÍCULO 4º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, que a través del área de abastecimiento publique el presente Acuerdo de Concejo Municipal publique en el Diario Oficial el Peruano o en el Diario de mayor circulación de la Región Ancash.     
ARTÍCULO 5º.- Hacer  de Conocimiento el presente Acuerdo de Concejo Municipal a la Gerencia Municipal, a las Gerencias y demás Oficinas de la Municipalidad Provincial de Huari  
      POR TANTO :

Mando se Registre, Publique y Cumpla.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI
 
Prof. TEODORO MOISÉS ACUÑA BENITES
ALCALDE PROVINCIAL
HUARI - ANCASH

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