DIARIO PERÚ PRIMERO

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Director: Humbert Romero Verano.

domingo, 19 de enero de 2014

Cárcel para alcalde de Chavín de Huántar

Manuel Paucar pasó a la clandestinidad

• Sentencia preventiva se conoció el viernes 17, a las once de la noche

Chavín de Huántar.- Corresponsal

El Alcalde de Chavín de Huántar, Manuel Paucar, fue sentenciado a prisión preventiva por 09 meses, por los delitos contra la Administración Pública, Peculado Doloso y Malversación de Fondos, en agravio del Estado.
La sentencia preventiva se conoció el último viernes a las 11 de la noche. El Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Huari, que despacha el doctor Rolando Aparicio Alvarado, dictó prisión preventiva por el plazo de 9 meses contra el alcalde del distrito de Chavín de Huántar (Huari), Manuel Glicerio Páucar Ramírez. A la referida autoridad municipal se le imputa la presunta comisión de los delitos contra la Administración Pública, Peculado Doloso y Malversación de Fondos, en agravio del Estado.


Alcalde y funcionarios

La medida también alcanza a los ex funcionarios de la comuna chavina: Víctor Moisés Obregón Espinoza, Percy Gilberto Rojas Rosas, Edwin Walter Tovar Chumpitaz y Jaime Martín Díaz Casimiro, a quienes se les investiga por la presunta comisión de los delitos de Peculado Doloso, Malversación de Fondos y Falsificación de Documentos; Peculado Doloso, Malversación de Fondos, Colusión y Falsedad Ideológica; Peculado, Malversación de Fondos y Colusión, en agravio del Estado. 

Motivos
Los delitos materia de investigación están tipificados en los artículos 387° Segundo Párrafo, 389° Primer Párrafo, 428° Primer Párrafo, 384° Segundo Párrafo y 428° Segundo Párrafo del Código Penal. Los imputados son investigados por la supuesta sobrevaloración, en más del 1000%, de cuatro proyectos cuya suma asciende a S/.   10,594 263.04 Nuevos Soles; para cuyo fin habrían utilizado los DNI de varios ciudadanos de la zona, a efectos de elaborar planillas ‘fantasmas’ que luego fueron cobradas presuntamente por el tesorero de la citada municipalidad. El magistrado dictó la medida, luego de haber evaluado los fundamentos del Ministerio Público, así como de la Defensa Técnica de los investigados, teniendo en cuenta la concurrencia de los tres presupuestos previstos en el artículo 268° del Código Procesal Penal (CPP), que exige la existencia de suficientes y graves elementos de convicción que vinculen a los imputados como autores o partícipes del hecho materia de investigación; que la pena supere los 4 años de privación de la libertad y que los imputados puedan eludir la acción de la justicia (que comprende el peligro de fuga –arraigo familiar, domiciliario, laboral y social y de comportamiento de los investigados- u obstaculización de la investigación). Asimismo, la resolución judicial dispone el internamiento de los investigados en el Establecimiento Penal “Víctor Pérez Liendo” de la ciudad de Huaraz. Durante el plazo de la Prisión Preventiva, el fiscal deberá concluir con su investigación a efectos de determinar si procede o no con la acusación para llevar a los imputados a juicio oral.

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